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Abogado de cuota alimentaria en Pereira

Los hijos tienen derecho a alimentos, y eso incluye mucho más que la comida. Somos abogados y abogadas de familia en Pereira y te ayudamos a fijar, revisar o cobrar la cuota alimentaria, por acuerdo o ante el juez.

Lun a vie 9:00–16:00 · jornada continua · atención virtual en toda Colombia

Lo que hacemos por tus hijos

Fijar la cuota

Si no hay cuota definida, buscamos un acuerdo en conciliación o la pedimos ante el juez de familia, según las necesidades de los hijos y la capacidad económica de quien debe pagar.

Aumentar o disminuir

Si cambiaron las necesidades del hijo o los ingresos de quien paga, se puede pedir que la cuota se revise.

Cobrar cuotas atrasadas

Si ya hay una cuota fijada en un acta o una sentencia y no se paga, se puede iniciar un proceso ejecutivo de alimentos, que puede incluir el embargo del salario.

Inasistencia alimentaria

Dejar de pagar alimentos sin justa causa es un delito (artículo 233 del Código Penal). Te explicamos cuándo conviene la vía penal y cuándo la civil.

Exoneración de alimentos

Si el hijo ya es mayor de edad y dejó de necesitarlos, quien paga puede pedir que se le libere de la obligación.

Alimentos entre cónyuges y otros familiares

El Código Civil (artículo 411) también reconoce alimentos entre cónyuges, compañeros permanentes y otros parientes en ciertos casos.

Lo que dice la ley: el Código de la Infancia y la Adolescencia (Ley 1098 de 2006, artículo 24) define los alimentos como todo lo indispensable para el sustento, la habitación, el vestido, la asistencia médica, la recreación, la educación y el desarrollo integral de niños, niñas y adolescentes.

Cómo funciona

Nos escribes por WhatsApp

Nos cuentas tu situación: si ya hay una cuota, cuánto se paga y qué ha cambiado.

Agendamos tu asesoría

Te informamos por WhatsApp el valor de la asesoría. Puede ser presencial en La Villa o por videollamada, con un abogado.

Intentamos un acuerdo

Preparamos la conciliación ante comisaría de familia, defensor de familia o centro de conciliación, que por regla general va antes de demandar.

Te acompañamos ante el juez

Si no hay acuerdo o no se cumple, presentamos la demanda de alimentos o el ejecutivo y te acompañamos en cada audiencia.

Documentos que necesitas

Registro civil de nacimiento del hijo o hija.

Cédula de quien pide los alimentos.

Soportes de gastos: colegio, salud, arriendo, transporte, recreación.

Información de los ingresos o del empleador de quien debe pagar, si la conoces.

Acta de conciliación o sentencia anterior, si ya hay una cuota fijada.

Comprobantes de pagos recibidos o de cuotas que no se han pagado.

No te preocupes si te falta alguno: te decimos cómo pedirlo y lo revisamos contigo en la asesoría.

Preguntas frecuentes

¿Cómo se calcula la cuota alimentaria?

No hay una tabla fija. Se tienen en cuenta las necesidades del hijo o hija y la capacidad económica de quien debe pagar. Si hay un salario, la ley permite embargar parte de él para garantizar los alimentos.

¿Hasta qué edad se paga la cuota alimentaria?

Por regla general, hasta la mayoría de edad. La jurisprudencia ha reconocido que puede extenderse cuando el hijo mayor de edad sigue estudiando, por lo general hasta los 25 años, o cuando tiene una discapacidad que le impide sostenerse.

¿Necesito demandar o puedo conciliar?

Por regla general primero se intenta la conciliación ante una comisaría de familia, el defensor de familia del ICBF o un centro de conciliación. El acta de conciliación con la cuota acordada presta mérito ejecutivo, es decir, se puede cobrar si no se cumple.

¿Qué pasa si el padre o la madre no paga?

Con el acta o la sentencia se puede iniciar un proceso ejecutivo de alimentos, que puede incluir medidas como el embargo del salario. También puede denunciarse la inasistencia alimentaria, y la Ley 2097 de 2021 creó el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (REDAM).

¿Puedo pedir que se aumente o se baje la cuota?

Sí. Si cambian las necesidades del hijo o la capacidad económica de quien paga, se puede pedir la revisión de la cuota, primero por conciliación y, si no hay acuerdo, ante el juez de familia.

¿Cuánto cuesta el proceso de alimentos?

Depende de si se resuelve en conciliación o requiere proceso. El valor de la asesoría te lo informamos por WhatsApp y, si decides continuar, te explicamos desde el inicio los honorarios y los gastos.

Atención presencial en el Eje Cafetero y virtual en toda Colombia

Nuestra oficina está en la Carrera 17A # 83-09, barrio La Villa, Pereira (ver en el mapa (se abre en una pestaña nueva)). Atendemos en persona a clientes de Pereira, Dosquebradas, Santa Rosa de Cabal, Armenia y Manizales, y por videollamada a clientes de cualquier ciudad de Colombia. Horario: lunes a viernes de 9:00 a 16:00, jornada continua. Sábados y domingos, cerrado. Conoce más sobre la firma y el resto de nuestras áreas.